La difusión del COVID-19 entre el personal sociosanitario está haciendo que surjan numerosas ofertas de empleo de carácter excepcional para atender a las vacantes que se están produciendo en el sector (hospitales y centros asistenciales especialmente), por lo que se busca personal de la medicina, enfermería, auxiliares, cuidadores, etc. pero también celadores, soldadores, informáticos, auxiliares de seguridad en supermercados, etc.
Por otro lado, el gobierno ha asegurado que concede permisos exprés de trabajo para personas extranjeras con formación sociosanitaria que puedan apoyar en la lucha contra la pandemia y ha procedido a flexibilizar los requisitos de formación para cubrir las ofertas de empleo que se realicen, por lo que con la mera experiencia en atención sociosanitaria podrán realizarse las contrataciones. Sin embargo, por ahora NO está previsto que se vayan a conceder nuevos permisos excepcionales con carácter general, lo que ha dicho el Ministro es que simplemente se han agilizado las solicitudes ya presentadas con anterioridad y referidas a personal MIR, lo que se ha confirmado con llamada telefónica a la Oficina de Extranjería, donde desconocen que exista ninguna novedad al respecto…
En todo caso si te encuentras en situación regular en España y cuentas con permiso de trabajo y experiencia y/o formación en atención a personas en el sector sociosanitario entonces sí es posible optar a estos empleos.
Apoya con tu trabajo la lucha contra el COVID-19
Por otro lado, desde la Fundación Cepaim, y otras ONGs, se están recopilando contactos de profesionales sanitarios independientemente de su situación administrativa para remitir con urgencia al Gobierno.
Para ello, se puede remitir un correo a gabrieldelamora@cepaim.org con la siguiente información:
Autorización LOPD. ¿Autorizas a la Fundación Cepaim al tratamiento de tus datos personales y a cedérselos a la administración pública y a empresas del sector sociosanitario con el fin de solicitar un permiso de trabajo y acceder a empleos? Sí o No
Datos necesarios: Nombre y apellidos; fecha de nacimiento; profesión y especialidad (médico, enfermera, auxiliar, otros); nacionalidad; homologación (si, no o en trámite); titulación (universitarios, licenciatura, diplomatura, formación profesional); teléfono; correo electrónico; situación legal (solicitante de protección internacional, residente temporal, estancia estudios, situación irregular, etc.); provincia y localidad de residencia.
Se trata de poder ser contratado/a por parte de la sanidad pública para atender la crisis COVID 19. En el caso de estar trabajando, deberá cesar su actividad para incorporarse al sector público. En el caso de no contar con la homologación del título, podrán habilitarle por el procedimiento de urgencia que establezca el Ministerio, con carácter temporal o definitivo, y en el caso de no contar con autorización de residencia y/o trabajo, se podrá estudiar su regularización.
No obstante, es MUY IMPORTANTE ser consciente que enviar los datos implica que le pueden llamar para trabajar en el sistema Público de salud en la crisis COVID 19. Es la persona quien debe valorar los riesgos que esto implica y sus posibilidades para poder asumir este trabajo. (salud previa, conciliación familiar, etc…). Todo esto, no garantiza que le vayan a llamar para no generar falsas expectativas. Pero entendemos que, dada la situación actual, hay posibilidades de que sean llamados con inmediatez.
En todo caso, a continuación se recopilan algunas de las ofertas que se están difundiendo por prensa y redes sociales.
MÉDICOS-AS Y ENFERMEROS-AS. La Junta de Castilla y León, a través de la dirección voluntarioscovid19@saludcastillayleon.es, busca médicos-as y enfermeros-as que puedan colaborar voluntariamente en los trabajos de prevención y asistencia motivados por el COVID-19. Se ha publicado además una convocatoria oficial.
CUIDADORES DE PERSONAS MAYORES Y DEPENDIENTES. Si tienes experiencia en el cuidado y atención de personas mayores o con discapacidad y puedes colaborar voluntariamente en los trabajos de asistencia motivados por el COVID-19, escríbenos este correo VoluntariosResidenciasCOVID19@jcyl.es indicando de qué provincia eres, y háblanos de tu experiencia, especialidad y disponibilidad.
La declaración del estado de alarma ha supuesto por razones de salud pública la supresión de los trámites administrativos presenciales relacionados con la solicitud de protección internacional, incluida la tramitación y renovación de la documentación.
No obstante, para evitar perjuicios también se han suspendido los plazos para realizar gestiones administrativas y se han publicado normas e instrucciones para evitar causas perjuicios a las personas.
Tengo intención de presentar la solicitud de protección internacional, pero la oficina de la comisaría de policía donde se realiza está cerrada. ¿Qué hago?
Las oficinas están cerradas para realizar cualquiera de los trámites presenciales, incluida la formulación de la solicitud o petición de cita, siendo así imposible disponer de la conocida como «primera tarjeta blanca» o «Manifestación de la Voluntad».
No obstante, por causas de urgencia debidamente motivadas o en casos de imperiosa necesidad podría solicitarse la realización del trámite, para lo cual sería necesario solicitarlo por escrito a través del registro electrónico común, y, si no es posible, contactar previamente vía telefónica, para realizar la solicitud y explicar los motivos de la urgencia, que deberán ser valorados por la autoridad.
En todo caso, y aunque no es un procedimiento formal ni por ahora aceptado formalmente podría ser interesante y útil presentar un escrito de solicitud por el registro electrónico común o en la oficina de correos más próxima (como «correo administrativo» en horario de 9:30 a 12:30h), y dirigido a la Subdelegación del Gobierno, Oficina de Asilo y al Jefe de la Brigada Provincial de Extranjería, en el cual se manifieste la intención de presentar la solicitud de protección internacional, acompañando dos copias completas del pasaporte, el formulario de la cita y dos fotos carnets, guardando copia justificante de este registro. Este documento, del cual nos tenemos que quedar una copia podría llegar a impedir que se produzca la devolución al país de origen y el inicio de expediente de expulsión, o al menos pasar un mal rato, en caso de ser identificado por la policía.
¿Entonces tampoco puedo presentar la solicitud de ingreso en el Sistema de Acogida?
La imposibilidad de realizar la solicitud como hasta ahora NO impide solicitar el ingreso al Sistema de Acogida según las directrices publicadas por la administración, para lo cual la Subdirección General de Programas de Protección Internacional (SGPPI) facilitará a las Entidades de 1ª Acogida (ACCEM en Salamanca), «un modelo de declaración responsable que deberán firmar todas las personas que no hayan podido realizar la manifestación de voluntad de solicitar asilo, por aplicación de la Instrucción de la Dirección General de la Policía 1/2020«.
Por lo que se recomienda contactar con dicha entidad en la ciudad, para tramitar la solicitud de ingreso en el sistema de acogida, como hasta la fecha.
Mi documento identificativo caduca a partir del 14 de marzo, ¿podré renovarlo? ¿Me podrán despedir por este motivo?
No, no podrás renovar el documento porque los trámites presenciales se han suprimido. No obstante, por esa razón la administración entiende que la documentación que identifique como solicitante de asilo mantendrá su validez, cuando ésta caduque incluso antes del 14 de marzo, siempre y cuando por causa del estado de alarma no haya podido renovarse.
Si se produce un despido o la falta de renovación del contrato laboral éste NO podrá motivarse en la falta de vigencia de la documentación cuando la fecha de la caducidad del documento coincida con el estado de alarma, pues la no renovación será por causa de fuerza mayor no imputable al interesado.
Esta prórroga de la validez es consecuencia de la suspensión de los plazos administrativos y los términos de caducidad establecido en el decreto de alarma y las instrucciones emitidas por distintas administraciones sobre esta problemática, y en relación a los trámites que gestionan.
En este sentido la Dirección General de Policía – Comisaría General de Extranjería y Fronteras ha emitido la Instrucción 3/2020 de aplicación de la suspensión de plazos y caducidad que establece que «se procederá a suspender los términos de caducidad de los siguientes documentos:
Manifestación de voluntad de presentar solicitud de protección internacional
Resguardo de la presentación de la solicitud de protección internacional
Documento acreditativo de la condición de solicitante de protección internacional«
Así, en relación a los trámites de extranjería la Secretaría de Estado de Migraciones ha dispuesto que«La administración aceptará aquellos documentos exigibles en el procedimiento y cuya vigencia haya expirado durante la actual situación de excepcionalidad.«
Y en relación al sistema de acogida de personas refugiadas el Director General de Inclusión y Atención Humanitaria ha suspendido la «obligación de disponer de documentación en vigor para seguir percibiendo las ayudas del Sistema, cuando el motivo sea la imposibilidad de renovar dicha documentación por aplicación de la Instrucción de la Dirección General de la Policía 1/2020 de medidas organizativas del 13/03/2020.»
Próximamente se cumplen los 6 meses desde que hice la entrevista y mi actual documento caducará, la tarjeta blanca o Resguardo de presentación de la solicitud donde no figura la inscripción que me autoriza a trabajar. ¿No podré trabajar?
En este caso es de aplicación la disposición adicional vigésimo primera del Reglamento de Extranjería que establece que “Los solicitantes de protección internacional estarán autorizados para trabajar en España una vez transcurridos seis meses desde la presentación de la solicitud, siempre que ésta hubiera sido admitida a trámite y no estuviera resuelta por causa no imputable al interesado”, dejando sin aplicación la segunda parte de esta disposición, que establece que «se acreditará mediante la inscripción «autoriza a trabajar» en el documento de solicitante de protección internacional y, si procede, en sus sucesivas renovaciones, y estará condicionada a su validez.»
Por lo tanto SÍ, se puede trabajar con la tarjeta blanca, siempre que hayan transcurrido 6 meses desde la entrevista de asilo. Y en este sentido se ha pronunciado ya la administración en respuesta a las dudas existentes, ver aquí
¿Y si mi documento de solicitante caducó antes del 14 de marzo y no he podido renovarlo?
¿Y qué pasa con mi solicitud de asilo? ?Y la notificación de la resolución de la solicitud? ¿Se paraliza también el expediente?
Pues no, el procedimiento de asilo no se suspende, por lo que la oficina de asilo seguirá estudiando y resolviendo los miles de expedientes que tiene sobre la mesa. Además, la comisión interministerial que decide sobre los asuntos (CIAR) se sigue reuniendo telemáticamente, por lo que también irá resolviendo los asuntos y remitiendo a las comisarías de policía las resoluciones de las solicitudes.
Por ello, si todavía no se ha aportado documentación de interés para el expediente de asilo es muy recomendable presentarla, ya sea a través del registro electrónico común, dirigido a la Oficina de Asilo y Refugio – Subdirección General de Protección Internacional, o a través del conocido como «correo administrativo», en las oficinas de correos en el horario especial habilitado de 9:30 a 12:30h. No obstante, todas las personas solicitantes de asilo tienen derecho a asistencia jurídica y si no tienen medios económicos será gratuita, pudiendo solicitar un abogado-a en el Colegio de Abogados-as de Salamanca, tal como se explica aquí.
No obstante, la notificación se trata de un trámite por lo presencial, por lo que de forma general quedan suspendidas las citas para recoger las notificaciones, y así lo ha confirmado la Brigada de Extranjería en Salamanca.
¿Qué debo hacer si deseo solicitar protección internacional en este momento?Al tratarse de un trámite necesariamente presencial, no es posible llevarlo a cabo en los lugares habituales, dada la situación de emergencia sanitaria. El principio de no devolución será garantizado a aquéllos que deseen solicitar protección internacional en territorio nacional durante esta situación .
¿Qué sucede si tengo una cita para formalizar mi solicitud (entrevista con Policía Nacional) o para renovar mi documentación durante la vigencia del estado de alarma?Cuando se recupere la normalidad, se reasignarán las citas que no han podido hacerse efectivas durante estas semanas, una vez que se valore y decida la mejor manera de realizar esta reorganización. Se publicará información al respecto en la página www.https://www.policia.es/documentacion/documentacion.html Se recuerda, asimismo, que durante la vigencia del estado de alarma se mantiene la validez de la documentación acreditativa de haber manifestado la voluntad de solicitar protección internacional, de haber presentado la solicitud (resguardo blanco), y de ostentar la condición de solicitante de protección internacional (tarjeta roja), tanto si se dispone de cita para renovarla como si no se cuenta con ella.
¿Puedo trabajar si durante la vigencia del estado de alarma se cumplen seis meses desde que formalicé mi solicitud de protección internacional?Si durante la vigencia del estado de alarma se cumplen seis meses desde que formalizó la solicitud de protección internacional y, por tanto, desde que se le expidió el resguardo (blanco) de presentación de solicitud, el resguardo le reconoce su derecho a trabajar, siempre que no se le hubiese notificado la resolución de su expediente.
¿Qué tengo que hacer si tengo una cita para hacer una segunda entrevista en la Subdirección General de Protección Internacional/Oficina de Asilo y Refugio durante este periodo excepcional?Cuando se retome la actividad normal, desde la Subdirección General de Protección Internacional/Oficina de Asilo y Refugio se pondrán en contacto con todas las personas solicitantes cuya cita haya sido cancelada para reasignarla. Por lo tanto, no es preciso realizar ningún trámite al respecto.
¿Qué sucede con mi procedimiento de solicitud de protección internacional o de solicitud de reconocimiento del estatuto de apátrida que se encuentra en tramitación en la Subdirección General de Protección Internacional/Oficina de Asilo y Refugio?La Subdirección General de Protección Internacional/Oficina de Asilo y Refugio continúa trabajando de manera no presencial, y no es necesario que usted realice ninguna gestión o trámite para impulsar el procedimiento. Aunque los plazos de los procedimientos administrativos se han suspendido, como consecuencia de la declaración del estado de alarma, en caso de que quiera presentar documentación referida a un expediente concreto, puede hacerlo a través del registro electrónico. Si lo que desea es consultar alguna cuestión puntual, puede contactar a través de las direcciones genéricas habituales, así como, en último caso, a través de oar@interior.es; es importante subrayar que en esta dirección no se responden dudas sobre cita previa para trámites que realiza Policía Nacional, como formalización de la solicitud o renovación de documentación.
Si no puedo registrar la manifestación de voluntad de solicitar protección internacional, ¿cómo accedo a los recursos de acogida?Según lo establecido por el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, las personas que deseen solicitar su acceso a los recursos de acogida, al no ser posible realizar en este momento la manifestación de voluntad de protección internacional, deberán dirigirse directamente a las entidades de primera acogida de cada provincia, donde deberán firmar una declaración responsable de la intención de continuar con el procedimiento de solicitud cuando se reanude la actividad ordinaria.
¿Y con los trámites de extranjería?
La declaración del estado de alarma ha supuesto por razones de salud pública la supresión de los trámites administrativos presenciales relacionados con los procedimientos de extranjería, lo cual genera varias dudas al respecto.
Cáritas Salamanca ha puesto a disposición un folleto informativo con información práctica sobre estos trámites. Descarga pinchando AQUÍ
Interrupción de plazos de caducidad y las tarjetas de residencia
El decreto de alarma ha procedido a interrumpir los plazos de caducidad, por lo que todo aquello que tuviera un plazo para caducar digamos que queda interrumpido o suspendido.
Y esto puede aplicarse a las tarjetas de residencia que caduquen durante el estado de alarma, por lo que los plazos se reanudarán cuando finalice el estado de alarma, entendiéndose que quedarán prorrogados los documentos mientra tanto.
En todo caso, todo permiso de residencia puede renovarse online e incluso tramitarse hasta 90 días después de la caducidad del mismo, por lo que incluso puede ser recomendable iniciar la renovación online, dado que una vez se reanude el estado de alarma las oficinas de extranjería es probable que colapsen.
Suspensión de los plazos administrativos
La suspensión general de plazos administrativos puede suponer la paralización de todos los procedimientos, reanudándose a la finalización del estado de alarma, por lo que cualquier trámite procedimental sometido a plazo que debiera realizar el ciudadano (subsanaciones, alegaciones, recursos, etc.) queda interrumpido.
No obstante, queda abierta la posibilidad de iniciar procedimientos y que éstos se instruyan y se ordene su impulso, esto es, que continúen por parte de la administración, quedando a conformidad del ciudadano la no suspensión de los plazos.
En resumen:
Solicitudes presentadas antes del estado de alarma de permisos de residencia y trabajo con propuesta favorable… se resolverán favorablemente.
Las solicitudes presentadas antes del estado de alarma con propuesta desfavorable o archivo de la solicitud…. el plazo para recurrir se entiende suspendido.
Se podrán iniciar solicitudes vía telemática y si hay que subsanar se comunicará al interesado y se suspenderá el plazo para hacerlo.
En los procedimientos ya iniciados si el interesado tiene que realizar algún trámite presencial quedará suspendido hasta el levantamiento del estado de alarma. No obstante, puede emplear el registro electrónico para presentar documentos y si es precisa la comparecencia personal se entenderá cumplida mediante la presentación de los escritos con certificado electrónico o mediante representación «de acuerdo con lo establecido mediante Convenios de habilitación para la representación de terceros»
En los procedimiento ya iniciados se podrán presentar documentos exigibles que caduquen durante el estado de alarma
Se suspendan los plazos de expiración de las estancias de nacionales de terceros estados cuyo retorno no es posible a consecuencia de la emergencia sanitaria internacional derivada del coronavirus y así queda acreditado.
En solicitudes de modificación, prórroga o renovación de las autorizaciones de residencia y de trabajo o de estancia por estudios, movilidad de alumnos, prácticas no laborales o servicios de voluntariado, se admitirá la presentación electrónica a partir de fórmulas de representación voluntaria a través de actos jurídicos u otorgamientos específicos.
Se podrá paralizar la tramitación en cualquiera de sus fases si el expediente en particular requiriese la presencia personal del extranjero, la cual se podrá producir una vez se levanten las medidas excepcionales
Atención de los servicios sociales municipales. 17/03/2020
El Consistorio refuerza y amplía, en colaboración con Cáritas y Cruz Roja, los servicios para personas mayores, familias vulnerables y personas sin hogar, para las que se han habilitado dos equipamientos más para cubrir las necesidades de alojamiento y manutención.
El Gobierno de España ha procedido a aumentar los recursos puestos a disposición de las entidades locales y las CCAA para atender a las personas más vulnerables.
Personas en situación de vulnerabilidad social
Mientras duren estas circunstancias excepcionales, la atención de urgencia a mujeres víctimas de violencia de género, la atención a menores en situación de riesgo grave y desamparo y la atención en situaciones de urgencia funcionarán centralizadas en la calle Peña Primera y las solicitudes se atenderán por vía telefónica o a través de correo electrónico.
Las personas que necesiten estos servicios deberán ponerse en contacto a través de los teléfonos de referencia para la atención social municipal en la ciudad que son: 923279163, 923279160, 923279177 y 923279164 o mediante el correo electrónico de atención a la ciudadanía: ssociales@aytosalamanca.es.
Además, desde Cruz Roja y en colaboración con el SACyL, se ha organizado un servicio de entrega de artículos de alimentación básica no perecedera, aseo y farmacia, dirigido a las personas mayores que viven solas y que carecen de apoyos en su entorno, que empezará a funcionar a partir de mañana. Este servicio podrá solicitarse, igualmente, a través de los contactos antes indicados y de los centros de salud, así como en el teléfono de Cruz Roja: 923222222.
Del mismo modo, las solicitudes de las familias para acceder a tarjetas de supermercados y productos de alimentación, aseo y pañales se tramitarán a través de los citados contactos y se derivarán a Cruz Roja. La entidad se pondrá en contacto telefónico con los solicitantes y se guardarán las correspondientes medidas preventivas para la recogida de los suministros.
Familias y personas sin hogar
Por otro lado, el Ayuntamiento de Salamanca ha puesto desde esta noche a disposición de las personas sin hogar un equipamiento municipal que cubre sus necesidades de alojamiento y manutención como consecuencia de la reducción de la capacidad de los recursos ya existentes, generada por la necesidad de garantizar las medidas preventivas aprobadas por el Gobierno de España.
Asimismo, desde mañana y en colaboración con Cáritas Diocesana de Salamanca, se abrirá a las familias sin hogar un espacio donde acogerlas, de manera que también tengan cubierto en este periodo las necesidades de alojamiento y manutención, previéndose incluso este recurso para atender situaciones de emergencia habitacional familiares con menores a cargo. Este recurso se activa en los teléfonos municipales anteriormente citados, así como en el teléfono de Cáritas: 923269698
Asimismo, en aplicación de las medidas del Gobierno de España para la atención de las personas sin hogar y en colaboración con Cáritas y Cruz Roja, se mantienen abiertos los centros Padre Damián y Casa Samuel, Espacio Abierto —con tres turnos de comedor para garantizar las distancias preceptivas—, el Centro de Atención a Personas sin Hogar y el Centro de Atención a Personas Drogodependientes aplicándose las medidas preventivas aprobadas por la autoridad sanitaria en la atención a las mismas.
Igualmente, se mantienen los servicios de atención domiciliaria conforme al protocolo de trabajo establecido, respetando las medidas preventivas aprobadas por el Gobierno de España y ampliando las prestaciones en caso de urgencia social.
Servicio de atención a personas mayores y con discapacidad. 27/03/2020
El Ayuntamiento de Salamanca ha puesto en marcha un servicio de atención social inmediata dirigido a personas mayores y personas con discapacidad para apoyarlas en la realización de las gestiones fuera del domicilio.
Se trata de un servicio destinado a personas mayores y a personas con discapacidad que vivan solas o que no dispongan de apoyos en su entorno para apoyarlas en las tareas de gestión esenciales que habitualmente realizan fuera del domicilio y que, como consecuencia de la pandemia por COVID-19, no pueden realizar. El fin es evitarles posibles riesgos de contagio y garantizar el confinamiento exigido por las autoridades sanitarias.
Los servicios sociales del Ayuntamiento coordinan a las tres empresas que gestionan la atención domiciliaria en la ciudad (Teleasistencia, Ayuda y Comida a domicilio), y son las responsables de los servicios municipales quienes se encargan cribar y derivar la demanda para su atención inmediata a las personas que lo soliciten.
Este servicio comprenderá las tareas de adquisición y reparto de alimentos, productos de aseo y farmacéuticos, o la comida a domicilio, y se respetarán, en todos los casos, las medidas preventivas exigidas por la autoridad sanitaria, sin que los profesionales encargados de la prestación de estos servicios accedan al domicilio de las personas solicitantes.
El servicio se puede solicitar en el teléfono 923467220, que estará accesible 24 horas, así como en el correo electrónico habilitado por los servicios sociales municipales: ssociales@aytosalamanca.es.
Servicio de cátering alimentación escolares con beca de comedor. 27/03/2020
Igualmente se ha puesto en marcha, desde hoy, un servicio de catering para atender las necesidades de alimentación de los escolares que en la ciudad son beneficiarios del 100 % de una beca comedor. Se busca garantizar que los escolares que tienen este servicio durante el curso escolar puedan seguir manteniendo una alimentación sana y equilibrada durante esta situación excepcional y asegurar en todo momento el estricto cumplimiento de las instrucciones sanitarias.
Os recordamos también que el Consistorio tiene habilitados los siguientes teléfonos para la atención de cualquier situación de emergencia social: 923279160, 923279163, 923279164 y 923279177.
Servicio de atención psicológica. 01/04/2020
Se ha incorporado a los recursos sociales por el COVID-19 un servicio de atención psicológica vía telefónica para atender a Salamanca, incluida la provincia.
Provincia de Salamanca. Servicios sociales dependientes de la Diputación provincial de Salamanca
17.03.20.- La Diputación Salamanca ha procedido a diseñar una nueva organización de los servicios sociales de la provincia que presta a través de su red de Centros de Acción Social (CEAS), ante la nueva situación de emergencia por el coronavirus COVID 19.
El área de Bienestar Social de la Diputación ha llevado a cabo este nuevo diseño que contempla tres áreas de referencia a la cual está asignada cada municipio en función del CEAS al que pertenezca.
De igual modo se establece que la atención a los usuarios será no presencial, sino a través de la vía telefónica o correo electrónico habilitado para cada área de referencia.
Ante esta nueva organización, la Diputación de Salamanca recuerda que las zonas asignadas como CEAS hasta el momento actual dejan de funcionar y se cerrarán ante esta situación coyuntural.
El nuevo diseño contempla un Área Primera que tendrá su sede en las dependencias del CEAS de Béjar con el teléfono 923 408140 y el correo electrónico urgencia1bienestarsocial@lasalina.es a la que pertenecen y se atenderán los usuarios de los municipios de los CEAS de Béjar, Guijuelo, Linares de Riofrío y Tamames.
El Área Segunda tendrá su sede en las dependencias centrales del área de bienestar social de la Diputación en la calle Espejo de la ciudad. El teléfono de contacto y el correo habilitado para los usuarios es 923 217410 y urgencia2bienestarsocial@lasalina.es , y a ella pertenecen los CEAS de Alba de Tormes, Peñaranda de Bracamonte, Las Villas, Rural Norte y Rural Sur.
Finalmente, el Área Tercera tendrá su sede en el CEAS de Ciudad Rodrigo con el teléfono 923 498340 y el correo electrónico urgencia3bienestarsocial@lasalina.es . Esta área prestará servicio y atención a los usuarios de los municipios de los CEAS Ciudad Rodrigo I y Ciudad Rodrigo II, Lumbrales, Vitigudino y Ledesma.
Desde la Diputación de Salamanca se reitera los llamamientos a trabajadores y ciudadanos para seguir en todo momento las indicaciones que realicen las autoridades sanitarias, así como las fuerzas de seguridad.
Se han habilitado ciertos recursos sociales durante el estado de alarma, en este documento actualizado a 19 de marzo de 2010 se encuentran los recopilados por varias organizaciones.
La difusión de bulos y la saturación de la información que circula por las redes es abrumadora, por lo que es necesario informarse bien, para ello, se proponen algunas webs de utilidad.
Bankia vulnera la ley y se niega a abrir cuentas bancarias a personas de Colombia y otros países de forma discriminatoria
Una decena de personas solicitantes de protección internacional han intentado abrir una cuenta bancaria en Bankia y otras entidades financieras sin éxito. La contestación “no abrimos cuentas a personas de Colombia”.
E.J. de nacionalidad colombiana es solicitante de asilo y ha recorrido varias entidades financieras con el fin de abrir una cuenta bancaria. En todos los casos sin éxito. El argumento es que tiene nacionalidad colombiana y el banco no ofrece este servicio a personas de esta nacionalidad. Sin embargo, el Real Decreto-ley 19/2017, de 24 de noviembre, de cuentas de pago básicas, establece la obligatoriedad por parte de las entidades financieras de proceder a abrir a las personas solicitantes de asilo, al menos, la denominada “cuenta de pago básica” y sin discriminar por nacionalidades.
Por este motivo, desde la Red de Acogida se está intentando resolver esta problemática. En un primer momento, diez miembros de la red se acercaron de forma conjunta al Bankia de la Calle Toro a solicitar la apertura de la cuenta. Esta vez sí recibieron la solicitud por escrito, recogiendo la documentación identificativa. Les dijeron que se comunicarían con ellos en unos días.
Pasadas dos semanas, las mismas personas acudieron a la entidad, con el fin de averiguar el estado de tramitación de su solicitud e interponer las correspondientes quejas que, en algunos casos, ya están siendo respondidas de forma negativa, aduciendo que lo solicitado es una cuestión “discrecional”. Sin embargo, esto es falso, puesto que no es potestativo para las entidades abrir o no una cuenta bancaria, sino una obligación legal
Por ello, ya se plantean nuevas acciones, como concentraciones a la puerta de la entidad o denuncias al Banco de España, ante la evidente vulneración del derecho fundamental a la igualdad de trato, art. 14 de la Constitución, ya que se trataría de un acto discriminatorio por razón de nacionalidad, que además causa un gran perjuicio a las personas, ya que disponer de una cuenta bancaria para hacer pagos y cobros es una necesidad elemental, en la sociedad en la que vivimos.
Porque en los últimos años hay una gran cantidad de personas extranjeras solicitantes de protección internacional que escogen nuestra ciudad para dar sus primeros pasos en nuestro país.
Porque información básica sobre la protección internacional o los primeros pasos que debe dar una persona extranjera cuando llega a la ciudad es cosa muy demandada.
Porque cada día las cosas cambian y es necesario estar actualizada sobre estas cuestiones, de forma fácil y accesible, siendo una buena manera de poder ofrecer no solo información, también acceso a documentos de interés.