El Gobierno reforma el Reglamento de Extranjería

El 16 de agosto de 2020 entró en vigor una nueva reforma del Reglamento de Extranjería y que complementa la realizada en relación a la situación de los menores extranjeros no acompañados apenas hace un año.

La novedades han sido comentadas en numerosos foros y publicaciones, entre ellas, se enlazan:

La reforma se ha considerado positiva en términos generales por la mayor parte de actores implicados. No obstante, los sindicatos mayoritarios la han criticado por determinadas modificaciones y haber sido excluidos.

Sobre la modificación del arraigo laboral y las personas solicitantes de protección internacional

En relación a las personas solicitantes de asilo, no obstante, sí hay ciertas modificaciones que «parecieran» ir en contra de sus intereses. En concreto, el Gobierno ha modificado la regulación del arraigo laboral consolidando que dicho permiso de residencia inicial por circunstancias excepcionales deba presentarse desde una «situación de irregularidad» y que el período cotizado legalmente se haya realizado en situación de «estancia» o «residencia», entendiéndose con «autorización para trabajar».

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