Los menores de edad tienen un régimen especial para obtener residencia legal en España, diferenciándose varios supuestos
- Residencia de menores no acompañados. Se requiere estar tutelado por las autoridades españolas
- Residencia de menores no nacidos en España. Se requiere que el progenitor tenga residencia legal y que el menor haya permanecido en España los 2 años anteriores a la solicitud.
- Residencia de menores nacidos en España. Se requiere que el progenitor tenga residencia legal en España
- Residencia de menores de padres refugiados o residentes por motivos de protección internacional. Se requiere que los progenitores ostenten la condición de beneficiarias de la protección.
- Residencia de menores de nacionalidad de países de la UE. Se requiere que los padres ostenten la condición de nacionales de algún país de la Unión Europea