Solicitudes de nacionales de Venezuela
Las personas nacionales de Venezuela o que provienen de dicho país representan desde 2017 el mayor número de solicitudes de protección internacional, aproximadamente el 40%, aunque hasta hace poco tiempo la inmensa mayoría eran denegadas.

Sin embargo, la Audiencia Nacional en 2018 y posteriormente el Gobierno y la Oficina de Asilo y Refugio en febrero de 2019 han reconocido la necesidad de ofrecer protección internacional a las personas nacionales de Venezuela, ante la crisis y la violencia generalizada en el país y atendiendo a las recomendaciones de la ACNUR, agencia especializada de las Naciones Unidas para las personas refugiadas.
De este modo, desde el 28 de febrero de 2019, España concede un permiso por razones humanitarias de carácter internacional a las personas venezolanas que solicitan protección internacional, con validez para 1 año y renovable en función de las circunstancias del país que permite residir y trabajar en España.
No obstante, actualmente (octubre 2022) la concesión no es del todo automática, por lo que si tenemos circunstancias personales de vulnerabilidad (informes médicos, situación de discapacidad, familia monoparental, mujer sola, etc., carencia de redes sociales en origen, etc.) será de interés presentar los documentos que tengamos, pues si no presentamos nada es posible que puedan denegarnos. Más información sobre esto AQUÍ.
PASO 1: Presentar la solicitud de asilo en el aeropuerto en una comisaría de policía nacional
La persona deberá realizar la solicitud de asilo y seguir el procedimiento establecido: solicitud de cita, entrevista de asilo y en unos meses recibirá llamada desde la comisaría de policía para que comparezca, entregue su documento identificativo y se le notifique de la resolución de su solicitud, denegando el asilo pero concediendo este permiso excepcional de razones humanitarias de carácter internacional, con residencia y trabajo por un año, renovable o prorrogable en función de las circunstancias del país. Más información en Solicitud de Asilo
¿Qué hacemos si nos caduca la tarjeta roja y no nos entregan la resolución o el pasaporte?
Si la policía NO quiere o no puede entregar el pasaporte junto con la resolución, o no renueva la tarjeta de solicitante de asilo, habrá que solicitar que emitan un documento que acredite esta falta de renovación con una nueva fecha de validez, y si no es facilitado interponer una queja o reclamación, al no entregar documento en vigor de la situación administrativa. Todo ello con el fin de acreditar que la falta de renovación se debe a causas ajenas a nuestra voluntad, siendo responsabilidad de la administración. Se recomienda no recoger la resolución si no se entrega el pasaporte, porque sin él no podremos estar identificados y, en todo caso, consultar con abogado-a.
Modelo escrito a presentar en comisaría
PASO 2. Tramitar la Tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE) en la Oficina de Extranjería
Una vez notificada la resolución en dependencias de la Comisaría Policía Nacional deberá acudir a la Oficina de Extranjería (Subdelegación del Gobierno) con este documento a solicitar la expedición de la tarjeta de identidad de extranjero (TIE). Es necesario pedir cita previa online .
Hay que elegir la provincia (SALAMANCA) y el trámite correcto: TRÁMITES CUERPO NACIONAL DE POLICÍA, en concreto: POLICÍA-TOMA DE HUELLAS-(EXPEDICIÓN DE TARJETA) Y RENOVACIÓN TARJETA LARGA DURACIÓN.
Una vez confirmada la cita hay que descargarse un formulario de solicitud-tasa y acudir a cualquier entidad bancaria para pagar los 15,76€ euros que cuesta (rellenar y descargar tasa) y acudir a la cita en la oficina de extranjería con el justificante del pago de la tasa y el pasaporte en vigor, el pasaporte caducado o un permiso de conducir expedido en España. Siempre es aconsejable llevar fotocopias de la documentación.
(Para rellenar el documento de la tasa hay que marcar lo siguiente:
| Tarjetas de identidad de extranjeros (TIE) y certificados de registro de residentes comunitarios. |
|---|
| .TIE que documenta la primera concesión de la autorización de residencia temporal, de estancia o para trabajadores transfronterizos. |
La expedición de la tarjeta tardará unas semanas, por lo que mientras tanto la Oficina de Extranjería entregará un resguardo de haber solicitado la TIE que habilitará para trabajar. No obstante, el permiso de trabajo se encuentran en la resolución, por lo que se podrá trabajar desde la fecha de la notificación, en caso de no conseguir cita para la toma de huellas.
Instrucción oficial sobre el uso de pasaporte caducado
Nota informativa Solicitud TIE ciudadanos_venezolanos
Paso 3. Renovar/prorrogar el permiso de residencia especial para ciudadanos-as venezolanos-as
Transcurrido el año de vigencia de este permiso deberá renovarse o prorrogarse. No obstante, si se ha trabajado durante ese año es posible cambiarse al régimen general de extranjería y obtener un permiso de residencia temporal por 2 años, pero en multitud de casos será más recomendable obtener la renovación o prórroga del permiso especial un año más.
Para la renovación en todo caso es necesario no haber cometido delitos y tener mucho cuidado con las detenciones policiales. Es decir, será necesario que no consten antecedentes penales e intentar que no figuren tampoco antecedentes policiales.
A febrero de 2020, las instrucciones existentes para la renovación son las siguientes:
- De cara a la prórroga de las autorizaciones de residencia temporal por razones de protección internacional (art. 125 del R.D. 557/2011, de 20 de abril) otorgadas a ciudadanos venezolanos , se ha llegado al acuerdo entre la Subdirección General de Inmigración, la Oficina de Protección Internacional y la Comisaría General de Extranjería y Fronteras de proceder a prorrogar las T.I.E. de los ciudadanos venezolanos beneficiarios en la misma forma que el año anterior .
- En cualquier caso, siempre podrán modificar, aquellos venezolanos que cumplan con los correspondientes requisitos, dentro de:
- Régimen General (art. 202 del R.D. 557/2011, de 20 de abril) o
- Régimen Comunitario o
- Movilidad Internacional (Ley 14/2013, de 27 de septiembre)
- La modificación es obligatoria cuando:
- pretendan realizar una actividad exceptuada de la autorización de trabajo o
- contraigan vínculos con un ciudadano comunitario o
- pretendan realizar una actividad de investigación o de trabajador altamente cualificado
Así pues, el 28 de febrero de 2020 se ha difundido la siguiente nota informativa para tramitar la nueva TIE
Paso 4. Solicitar la ciudadanía o nacionalidad española
Las personas nacionales de Venezuela podrán solicitar la nacionalidad española por residencia legal y continuada en España de 2 años. Por ello, transcurrido este plazo es posible iniciar la soliciud de nacionalidad.