El Gobierno anuncia el fin de la concesión semiautomática de residencia humanitaria de protección internacional a nacionales de Venezuela

El diario El Pais ha publicado esta mañana que el Gobierno pondrá fin a la concesión semiautomática de la residencia por razones humanitarias de protección internacional (art. 37 b) y 46.3 de la Ley de Asilo que se materializa en art. 128.1 a) del RELOEX)

Esto supone derogar el acuerdo de febrero de 2018 en el seno de la CIAR (Comisión Interministerial de Asilo y Refugio) por la cual de forma automática se concedería el tercer nivel de protección internacional (residencia por razones humanitarias) a las personas que hubieran solicitado protección internacional nacionales de Venezuela y sin necesidad de acreditar sus circunstancias personales, esto es, de forma casi automática.

Por ello, se prevé que en los próximas semanas o incluso hasta finales de junio se publique un nuevo acuerdo por el cual a partir de una fecha determinada las solicitudes de protección internacional de personas nacionales de Venezuela se deberán evaluar del mismo modo que el resto de solicitudes de otras nacionalidades.

Hasta la fecha, para la concesión de residencia por razones humanitarias de protección internacional el Gobierno exige tener problemas de salud muy graves que acrediten la existencia de riesgo a sufrir perjuicios intolerables en caso de regreso. No obstante, el Tribunal Supremo, interpreta la normativa ampliando los supuestos a otras situaciones de especial vulnerabilidad (presencia de menores, edad avanzada, etc.) no vinculadas necesariamente con situaciones de salud.

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