El MISSM permitirá el ingreso en el Sistema de acogida de las personas solicitantes de asilo pendientes de recurso

A partir de l de enero de 2023 las personas solicitantes de asilo que hayan visto denegada su solicitud en primera instancia, y hasta que cuenten con una resolución judicial negativa, podrán acceder, supuestamente permanecer y/o reingresar en el Sistema de Acogida de protección internacional, al reconocer que mantienen la condición de «solicitantes de asilo». También se aplicará a las persona que solicitan asilo por segunda o tercera vez.

La normativa de asilo reconoce el derecho de las personas «solicitantes» al acceso a los servicios sociales y de acogida, motivo por el que una vez que el Estado español se encuentra reconociendo la situación de «solicitantes» de las personas que piden asilo, se les deniega en primera instancia y se encuentran pendientes de recurso, deberían de poder disfrutar en igualdad de condiciones que cualquiera otra persona «solicitante» en la primera fase del procedimiento. De esta manera España mejora su sistema de acogida homologándose al de otros países europeos.

Estas nuevas directrices ministeriales acabarán con la discriminación actual por la cual personas cuyo estudio de la solicitud de asilo se retrasaba en primera instancia disfrutaban de más derechos o tiempo de estancia en el sistema de acogida que aquellas personas cuya solicitud se resolvía más rápidamente durante la primera fase de valoración por el Gobierno.

A partir de 2023 todas las personas podrán disfrutar del máximo período tiempo de estancia (hasta 18 meses), siempre que cumplan los requisitos de carencia de recursos y otros establecidos reglamentariamente.

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