La Audiencia Nacional comienza a reconocer los derechos de los solicitantes de asilo pendientes de recurso

La Sección Segunda de la Audiencia Nacional en un Auto Judicial de 10 de septiembre de 2021 ha reconocido la suspensión cautelar de los efectos de la resolución denegatoria en primera instancia de un solicitante de asilo de nacionalidad colombiana.

El magistrado que expresa el parecer de la Sala considera que la misma no es manifiestamente infundada y ha procedido a aplicar el efecto de suspensión automática reconocido en el art. 46.5 de la Directiva de Procedimientos conforme STJUE de 17 de diciembre de 2020, el libramiento de documentación identificativa (art. 6 Directiva de Acogida) y el derecho a trabajar recogido en el art. 15.3 de la Directiva de Acogida según la interpretación de la SJUE de 14 de enero de 2021.

Descarga el AAN de la Sección Segunda, de 10 de septiembre de 2021

Informe jurídico completo actualizado sobre la cuestión.

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